domingo, 25 de febrero de 2018

LA ORDEN DEL TEMPLE Y LA POLÍTICA REAL

Algunas órdenes militares extranjeras están plenamente constituidas hacia mediados del siglo XII, cuando aún no han surgido las castellano-leonesas. Por ello, no es extraño que los reyes castellanos y leoneses tengan una actitud positiva hacia ellas e intenten que adquieran un protagonismo creciente en sus reinos. Los intentos son reiterados, aunque en gran medida infructuosos. La política templaria queda fijada con cierta nitidez en Castilla con su actuación en Calatrava. Fortaleza importante de la ruta Córdoba-Toledo, que va a conocer los mayores enfrentamientos entre cristianos y musulmanes desde el advenimiento de los almohades hasta Las Navas de Tolosa. En un momento indeterminado entre 1148 y 1157, Alfonso VII les entrega esta fortaleza. Situada en la frontera, en un espacio de dominio alternante y de extraordinario interés militar, con escasas posibilidades económicas, su posesión necesariamente debía significar para la Orden una sangría económica considerable. Esto explica que en 1157 devuelvan el castillo al rey ante el peligro almohade, pese a haber recibido otras donaciones en posiciones de retaguardia, propiciando el nacimiento de la primera Orden militar peninsular que toma su nombre de este castillo. Con esta actuación, fuera de los límites de Extremadura y por tanto ajena a nuestro interés directo, se marca una línea de intervención que viene definida por el carácter subsidiario que tiene para ellos la península, vista en estos momentos como fuentes de beneficios y de captación de miembros para la defensa de los territorios cruzados.
Al igual que su padre, Fernando II también favorecerá a la Orden del Temple. Por un lado, esta Orden había ido consolidándose en el reino de León. En el norte, entre 1168 y 1178 tenía constituida la encomienda de Ponferrada y de Ceinos. Esto muestra claramente una acumulación de propiedades en las zonas septentrionales, alejadas de los riesgos fronterizas y de gran interés para esta Orden. Fernando II intentará implicar al Temple en la defensa fronteriza de la Transierra Leonesa, que sólo empezaría a desarrollar su poblamiento en los últimos años de su reinado y en el comienzo del de su hijo y sucesor Alfonso IX. En este contexto, se produce la donación de Coria a los templarios en 1168 compensando a la Catedral de Santiago, que la había recibido años antes. Sin duda, Fernando II con estas dos donaciones manifiesta que no tiene un interés excesivo en mantener en el realengo esta ciudad, ni en llevar el peso de la repoblación en este marco. Coria, ciudad episcopal, civitas, se convierte transitoriamente en una ciudad de jurisdicción eclesiástica, modelo que sólo adquiere importancia en Galicia y que esta casi ausente en el resto de la corona leonesa y castellana. Hay que considerar que la frontera extremeña es menos caliente que la castellana, donde se producen los mayores enfrentamientos y que tiene un mayor valor estratégico. La intervención militar almohade tendrá en Extremadura un carácter defensivo y simplemente responde a actuaciones leonesas o castellanas. Tras los deseos de expansión de Fernando II, que impide la conquista de Badajoz por Alfonso I de Portugal y Gerardo Sempavor, los almohades conquistan Cáceres (1174) y devuelven la frontera al Tajo. La otra intervención en 1195-1196 se produce como consecuencia de la herencia de Fernando Rodríguez el Castellano, mercenario al servicio de los almohades que traspasa Trujillo a Alfonso VIII. Los almohades destruyen Plasencia pero no tienen interés en poblarla. No llegan a establecer ninguna población al norte del Tajo. Esta actuación se debía a su interés en Toledo, sin cuyo control no merecía establecer posiciones muy septentrionales difíciles o imposibles de defender. Por tanto, Coria, aunque podemos considerarla una ciudad de frontera, era una posición mucho menos arriesgada que Calatrava.
La donación de Fernando II se explica también por la inexistencia de órdenes militares autóctonas. La Orden de Calatrava no llegará a arraigar en León, donde la primera que surge es la de los hermanos de la Espada, núcleo de la futura Orden de Santiago, en 1170. Precisamente, esta Orden, al igual que la de Calatrava, aparece en un punto fronterizo amenazado por el Islam. Cáceres en 1170 es una avanzadilla cristiana que sólo se mantendrá durante cuatro años.
¿Qué supone la donación de Coria ? No se trata simplemente de la entrega de la ciudad. Aún no se han formado en la Transierra Leonesa las futuras unidades jurisdiccionales y el poblamiento es muy limitado (la primera villa, Granadilla, no se documenta hasta los años finales del reinado). La entrega de Coria lleva unido gran parte del territorio de la Transierra Leonesa. Al menos, la extensión no sería menor que el termino que se delimita en el fuero6. No es extraño que conozcamos después otras posesiones jurisdiccionales del Temple que pudieron ir incorporadas a la donación de ésta ciudad o haber sido objeto de otras donaciones presumiblemente de Fernando II. Por tanto, la política de este rey puede definirse como muy favorable a la Orden del Temple que dispuso de la posibilidad de convertirse en una gran potencia jurisdiccional en la actual Extremadura. Con todo, estamos ante posesiones posiblemente muy poco lucrativas económicamente : con poca población y cierto riesgo militar, la donación era más una inversión de futuro que una posesión rentable.
Tras la fundación de la Orden de Santiago, aunque no de modo drástico, la situación empieza a cambiar. Esta Orden tiene en su origen un carácter leonés y no es extraño que Fernando II lleve a cabo una política muy similar a la de Alfonso VIII en Castilla, concediendo un importante protagonismo a las órdenes peninsulares en la frontera. A partir de 1171, esta Orden ocupa un lugar preferente en las donaciones reales. Se empieza por tanto a favorecer a una Orden autóctona, leonesa en su origen, anunciando los cambios en la política respecto de las órdenes llevadas a cabo por Alfonso IX. Es llamativo que Trevejo inicialmente concedido a la Orden del Hospital pase poco después a la Orden de Santiago, que se convierte en una entidad jurisdiccional importante en la Transierra Leonesa.
La escasa documentación del Temple nos impide ver detalles sobre su dominio jurisdiccional de Coria. Debió durar poco, pues no volvemos a tener noticias sobre el particular y cuando se produzcan enfrentamientos con Alfonso IX no se mencionará esta ciudad sino otras posesiones más modestas. Con este rey, se produce un cambio de política respecto a las órdenes que no dejará de afectar al Temple. Con un reino mucho más débil que el castellano y con un interés inicial en la Orden de Santiago, que terminará situando su convento central en Uclés, en la frontera castellana, Alfonso IX beneficiará sobre todo a la Orden de Alcántara, la más modesta de las tres grandes órdenes castellanas y la de más tardío origen. Aunque sobria va adquiriendo una importancia creciente, favorecida por el rey leonés que dejará situar en el centro de su política a la Orden de Santiago, cada vez más volcada hacia Castilla, y al Temple, que posee una importante base jurisdiccional en Portugal. En lo que respecta a Extremadura, vemos a Alfonso IX teniendo una actuación decidida frente a la Orden de Alcántara aunque ello suponga perjudicar a otras, lo que explica los enfrentamientos con el Temple.
Aunque no sabemos nada concreto sobre Coria, suponemos que el Temple no debió controlarla durante mucho tiempo. Esta Orden tenía otras posesiones como Milana, Portezuelo o San Juan de Mazcoras (Santibáñez el Alto). En cualquier caso, Alfonso IX va a desplegar una política poco favorable al Temple y es su actuación la que explica el final de una primera etapa del asentamiento templario en Extremadura. Las diversas posesiones del Temple serán apropiadas por el monarca con diverso destino. La Orden parece plegarse a ese deseo de modo involuntario y con alguna compensación. Es muy descriptivo el acuerdo de la Orden con Alfonso IX en 1211, cuya actuación tiene como clara finalidad favorecer a la Orden de Alcántara : en él se precisa que la apropiación real de muchas propiedades templarias9 situadas en León, Galicia y Transierra, la donación de diversos bienes que suponen redondear y dar consistencia al dominio templario, que se asienta de modo preferente en Galicia y León1. En compensación, el Temple renuncia a Portezuelo y San Juan de Mazcoras, que se entregan a los alcantarinos. Es muy llamativo que las órdenes del Temple y Alcántara mantengan un enfrentamiento desde fechas anteriores, como nos aclara el mismo documento.
La renuncia del Temple no debió ser del todo voluntaria cuando se procedió una década después a una nueva ratificación y a la devolución por parte del monarca leonés de Alba de Aliste, lo que aumenta los bienes templarios incautados.
En 1211 se pone fin a una etapa del Temple en Extremadura. Sin conocer el destino final de Coria, que creemos que pronto dejó de ser posesión templaria, las posesiones jurisdiccionales que la Orden tenía en Extremadura prácticamente desaparecen. Seguirá conservando algunos bienes citados entre las devoluciones de Alfonso IX en 1211 pero se trata de propiedades solariegas que han recibido por donación privada. Esto nos permite ver los rasgos generales del dominio templario en Extremadura en los primeros años de este monarca. Al margen de las donaciones reales, las donaciones privadas cumplen un papel importante. Debemos imaginar este dominio más importante de lo que nos presenta una parca documentación. Los escasos datos no nos permiten conocer nada de Rodrigo Pérez de Villalobos ; sin embargo, Domingo Miguel se presenta como integrante del Temple, razón por la que debió donar un huerto. La Orden ha penetrado en el tejido social de una zona fronteriza y todo hace indicar que se ha visto facilitado por el dominio jurisdiccional de Coria. Se dan, por tanto, los rasgos de un proceso de integración facilitado por las peculiaridades de la frontera extremeña, más estable y menos caliente que la manchega. Este proceso de consolidación solariega y jurisdiccional explican el interés de la Orden en Extremadura y el papel real en el proceso que se desencadena antes y que madura en 1211. Extremadura aparece como una de las zonas de implantación de la Orden y su postergación hasta tener un papel marginal aparece condicionado por la política leonesa y no por una decisión voluntaria.
Con posterioridad al reinado de Alfonso IX se desarrolla una nueva etapa en la relación de la Orden del Temple con la monarquía. Por un lado, en 1230 se unen definitivamente Castilla y León. Por otro, después de Las Navas de Tolosa se desarrolla un proceso de expansión y conquista cristianas. Toda la Extremadura cristiana se conquista en el segundo cuarto del siglo XIII, además de la Andalucía Bética y Murcia. Las órdenes militares recibirán importantes beneficios de todo ello, obteniendo importantes señoríos jurisdiccionales. La importancia de las donaciones recibidas por las diversas órdenes estará en relación con su aportación militar.
La Orden del Temple se sitúa dentro de las órdenes existentes en la corona de Castilla en un segundo lugar. Consecuencia de ello es que no abunden las noticias sobre ella. La Orden del Temple se implica, sin embargo, en el proceso de conquista y expansión cristianas. Parece que ello les obliga a endeudarse. En 1225, Honorio III manda a las órdenes de Calatrava, Uclés, Hospital y Temple de España que ayudasen a Alfonso Téllez en la defensa del castillo de Alburquerque. No se les cita en la conquista de las diversas fortalezas musulmanas extremeñas, si bien la información es muy imprecisa y salvo alguna información concreta en donaciones posteriores, sólo se alude a las órdenes en general.Tienen alguna actuación destacada en la conquista de Sevilla.Al recibir Capilla, Fernando III precisará que lo hace “pro serviciis que michi sepius exhibuistis et exibere cotidie non cessatis”.
De estos escasos datos podemos deducir que la Orden del Temple, como muchos otros colectivos del reino, se implican con cierta intensidad en la conquista cristiana posterior a Las Navas. Posiblemente, su papel estuvo en relación con su potencial económico y demográfico, en ningún caso comparable a otras órdenes peninsulares. El señorío templario en estos momentos tiene una ubicación septentrional en el reino castellano-leonés, sobre todo después de perder todas sus posesiones jurisdiccionales en la Transierra Leonesa.
La participación templaria en la expansión cristiana que se desarrolla desde Las Navas de Tolosa a la conquista de Sevilla (1212-1249) le va a permitir obtener nuevas posesiones en Extremadura donde dispondrá de un señorío jurisdiccional importante, menor que los de la Orden de Santiago o Alcántara pero en absoluto desdeñable.
En 1236, el Temple obtiene Capilla, importante castillo situado en la comarca de Los Montes. Aunque en el documento se señala como razón los servicios prestados de modo habitual por la Orden, la fecha en que se realiza la donación no deja lugar a dudas sobre su vinculación con las conquistas de Fernando III, pues sigue inmediatamente a la conquista de Córdoba. Poco después, la Orden recibe Almorchón, para compensar la pérdida de Cabeza de Esparragal, sobre la que disputaba con la Orden de Alcántara.El resultado y la actuación del monarca nos muestran por un lado un mayor peso de la Orden alcantarina y por otro el interés de Fernando III en lograr una solución en la que ninguna parte pudiera considerarse perdedora. La Orden de Alcántara obtendrá la posesión en disputa, que intentaba, igual que el Temple, redondear sus posesiones en La Serena ; por otro lado, cede a esta Orden como compensación (“volens gacere gratiam pro gratia quem fecerint, videlicet, quod precibus meis acquiescere non tardarunt”) Almorchón, situado junto a Capilla y que le permite a la Orden crear un señorío jurisdiccional de casi mil km2 en la comarca de Los Montes, constituyendo una de sus dos grandes zonas de dominio jurisdiccional en Extremadura.
El señorío jurisdiccional templario va a conseguir en Extremadura incorporaciones importantes en la zona meridional, lindando con el concejo de Sevilla. Si bien, la pérdida de la documentación templaria no permite conocer en todos los casos el momento en que esos bienes pasan a la Orden de Temple, no podemos por menos que relacionarlo con la participación de la Orden en la conquista de Andalucía y, posiblemente, también en Extremadura. En la conquista de Sevilla participa activamente.Jerez, Alconchel y Burguillos estaban en posesión del Temple en 1248, cuando Fernando III da a la Orden de Santiago Montemolín y la alquería de Benasgeth a cambio de Cantillana.Antes de 1253, obtendría Fregenal.No creemos que estas posesiones estuvieran bajo control templario mucho antes.
Este conjunto junto al de Capilla y Almorchón convierte a la Orden del Temple en uno de los grandes conjuntos jurisdiccionales de Extremadura con unos tres mil quinientos kilómetros cuadrados.Sin embargo, la situación de la Orden del Temple en el conjunto de las órdenes militares no ha cambiado. Si bien, obtienen un importante señorío jurisdiccional en Extremadura, las donaciones recibidas en Andalucía no son comparables a las de Calatrava o Santiago, las dos grandes beneficiadas ; más significativo es que sean inferiores a las que reciben alcantarinos y hospitalarios.
El reinado de Alfonso X marca una nueva etapa que va a prolongarse hasta el final de la Orden del Temple. No será necesario que nos extendamos mucho, pues no se producen cambios apreciables en la situación de la Orden en Extremadura. Sin embargo, sí señalaremos sus líneas generales. Por un lado, la expansión cristiana queda interrumpida con la conquista de la Andalucía Bética. Se produce un cambio profundo que afecta a las órdenes militares en su conjunto. Este cambio va en el sentido de un aristocratización creciente que explica la participación de las órdenes militares en la lucha entre nobleza y monarquía, que adquiere una especial intensidad desde 1272. Las órdenes han acumulado grandes señoríos y cuentan con importantes ingresos, aspecto que les aproxima al grupo nobiliario, con el que comparten no pocos intereses. Por otro lado, su protagonismo militar disminuye considerablemente conforme se convierten fundamentalmente en organismos señoriales.La Orden del Temple se implicará en el enfrentamiento entre Alfonso X y su hijo Sancho, situándose en su conjunto en el mismo grupo que el resto de las órdenes militares y la nobleza. Pese al apoyo que su maestre Juan Fernández presta a Alfonso X, los templarios castellanoleoneses seguirán al comendador, partidario del infante. Todo esto ha supuesto un cambio en la relación con la monarquía, que ha sido positiva en los últimos años del reinado de Fernando III y en el comienzo del de Alfonso X.
En todo caso, el Temple recibirá algunos privilegios aprovechando el enfrentamiento entre el infante Sancho y Alfonso X entre 1282-1284, si bien su señorío jurisdiccional en Extremadura no sufrirá cambio alguno. La confirmación de Jerez de los Caballeros y Fregenal por el rey Alfonso X al maestre del Temple Juan Fernández, de origen portugués, intentado pagar su fidelidad, tiene una escasa repercusión, pues se trata de territorios dominados por la Orden y que Alfonso X en ningún caso estuvo en situación de apropiarse de haber sido esa su intención.
El apoyo posiblemente mayoritario de los templarios a Sancho IV permitió a la Orden obtener derechos adicionales en sus señoríos. No se trata ya de la obtención de nuevos territorios, sino de la obtención parcial de derechos reales. Este monarca concede en 1284 “a don Frey Gómez Barcia, comendador del Temple, la meatad del serviçio e de la fonsadera de los sus vasallos”. En 1290, obtiene la confirmación de diversos derechos de portazgos frente a aquéllos que han obtenido privilegios de exención.No sorprende que el apoyo de la Orden hacia el monarca se mantenga frente a los infantes de la Cerda y que participen en la expedición militar contra Badajoz tras la proclamación de Don Alfonso de la Cerda como rey de Castilla, expedición que sale precisamente de la población templaria de Jerez de los Caballeros.En cualquier caso, el dominio templario en Extremadura no sufre cambios territoriales, sino sólo algún complemento en cuanto a sus derechos.
El Temple permanecía a finales del siglo XIII y principios del XIV en una situación que podemos considerar normal en la corona de Castilla. Sin tener un poder equiparable a Calatrava o Santiago, se incluía en un segundo nivel no carente de importancia. En Extremadura contaba con un señorío jurisdiccional importante que se acercaba al 10 % del territorio regional, menor sin embargo que el de las órdenes de Alcántara o Santiago.Su causa común con otras órdenes militares y con la nobleza en el reinado de Alfonso X es una muestra de estuvo su evolución se ajustaba a las pautas establecidas para las demás. Su desaparición nada tiene que ver con su situación en la península y se inscribe dentro de la política francesa.

JMZ